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Ley de expresión: innecesaria y peligrosa… Amaneciendo

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Buenos días. En la entrega de ayer sugerimos echar un vistazo al Artículo 49 de la Constitución y poner especial atención a su único párrafo. Ese artículo representa el amparo constitucional de la libertad de expresión y su párrafo advierte que ese derecho, debe ejercerse respetando el honor, la intimidad, la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia. En adición, el Código Penal y otras leyes prevén las sanciones para castigar los excesos cometidos, lo que hace innecesaria la aprobación de otra ley para «regular» la citada materia. No solo trata de que el proyecto en debate encarna una negación a uno de los derechos fundamentales en la llamada democracia, sino se contempla la creación de un Instituto que se colocaría al margen de la propia Constitución y las leyes, al otorgársele poderes para suspender transmisiones, sancionar medios y eliminar contenidos. Es de responsabilidad alertar que un adefesio de esa naturaleza violaría el artículo 40, numeral 15, de la Constitución, que garantiza el debido proceso y prohíbe las sanciones administrativas que afecten derechos fundamentales, sin la intervención previa de un juez competente. A la vez, Ignora el artículo 69 sobre tutela judicial efectiva, que consigna que ninguna persona puede ser juzgada ni sancionada por órganos ajenos al Poder Judicial. Como se comprueba, República Dominicana dispone de instrumentos legales suficientes para encarar con éxito la debacle que se ha apoderado de los medios masivos de comunicación. Se trata de una azarosa plaga permitida y pagada con financiamientos publicitarios provenientes de los sectores públicos y privados, realidad que ha convertido a las vías informativas, básicamente las electrónicas, en cloacas por donde brota impulsiva y desenfrenada la pesada carga de estiércol con que se salpica a quien se quiera. ¿A caso no bastaría con suspender las colocaciones de publicidad a esos promotores de inmoralidades y daños indiscriminados a la dignidad y moral ajena? ¡No sería suficiente castigar ese desbordamiento mal oliente recurriendo a las instancias legales disponles? Nadie puede vincularnos a intenciones de coartar la libertad de expresión y difusión del pensamiento, solo nos resistimos a que se use como pretexto el mal que padecemos con la aviesa intención de vulnerar derechos ganados y convertir el ejercicio profesional del periodismo en una cosa innecesaria por insignificante. En una última entrega veremos otras alternativas para acabar con este mal permitido y financiado.

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