
Buenos días. La entrada en vigor del nuevo Código Penal ha despertado legítimas preocupaciones entre periodistas y amplios sectores de la sociedad dominicana. Se teme a que impere la censura previa; se cuestiona el endurecimiento exorbitante de las sanciones por difamación e injuria y, con sobrada razón, se rechaza el castigo cuando se trata de formular críticas contra los funcionarios públicos. Siempre he defendido que se regule la ligereza con que actúan ciertos “comunicadores”, que a propósito no son periodistas formados, ni en la práctica como tampoco en la academia, pero dejando claro que lo importante aquí no radica únicamente en ese aspecto, sino en el efecto inhibidor que podría generar sobre la libertad de expresión y del ejercicio periodístico, penalizar por el “delito” de cuestionar a un funcionario público. Se supone que vivimos en una democracia donde el funcionario público no es un ciudadano común en tanto administra recursos colectivos, toma decisiones que afectan a millones de personas y, por ello, está sometido al escrutinio permanente de la sociedad. La crítica, incluso cuando resulte severa o incómoda, constituye un mecanismo esencial de control ciudadano y de rendición de cuentas. Castigar desproporcionadamente esas expresiones podría fomentar la autocensura y debilitar el debate público. Quien decide ejercer un cargo público debe comprender que la crítica es parte inseparable de la función que voluntariamente asumió; si no está dispuesto a convivir con ella, quizás la política no sea su lugar. No es que pierdan el derecho al honor, sino que el umbral de protección frente a las críticas sobre su gestión es distinto al de un ciudadano privado. Tal vez sea oportuno recordar que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha sostenido reiteradamente que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor nivel de escrutinio y tolerancia frente a la crítica que los particulares, precisamente por la naturaleza de las funciones que desempeñan y por el interés público que rodea su actuación. Que quede claro, no es que pierdan el derecho al honor, sino que el umbral de protección frente a las críticas sobre su gestión, es distinto al de un ciudadano privado.








